El Ejecutivo estableció como días no laborales el 24 y 31 de diciembreEl Ejecutivo estableció como días no laborales el 24 y 31 de diciembre

El Gobierno oficializó los asuetos para la administración pública por Navidad y Año Nuevo

2025/12/15 13:49

El Gobierno oficializó este lunes a la madrugada un asueto para la administración pública nacional en el marco de las celebraciones de fin de año. La medida fue dispuesta a través del Decreto 883/2025, publicado en el Boletín Oficial, y alcanza a los días 24 y 31 de diciembre de 2025.

Según se detalla en el decreto, la decisión se apoya en la Ley 27.399, que establece como feriados nacionales inamovibles los días 25 de diciembre y 1° de enero, correspondientes a las festividades de Navidad y Año Nuevo. El texto remarca el significado cultural, social y familiar de esas fechas para la población que habita en la Argentina.

Los empleados de la administración pública nacional tendrán asueto el 24 y 1° de diciembre

En los considerandos, el Poder Ejecutivo señala que los días 24 y 31 de diciembre constituyen las “vísperas de dichas celebraciones y suelen estar destinados a la realización de preparativos y a los desplazamientos necesarios para posibilitar el encuentro familiar”. En ese marco, se considera oportuno facilitar la organización, el descanso y el disfrute de las festividades.

El decreto también indica que la medida tendrá un “impacto positivo en el sector turístico” y aclara que “no implica erogación presupuestaria alguna para el Estado nacional”. Asimismo, sostiene que el asueto permitirá que los argentinos puedan “disfrutar de las fiestas en un marco de libertad”, sin afectar la prestación de los servicios esenciales.

El decreto publicado por el Ejecutivo en el Boletín Oficial

Por lo tanto, en el artículo 1° establece el otorgamiento del “asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre de 2025″. En tanto, el artículo 2° instruye a los distintos organismos a implementar las medidas necesarias para “garantizar la continuidad de los servicios esenciales”.

Por último, el artículo 3° aclara que la disposición no alcanza a las instituciones bancarias ni a las entidades financieras. El decreto fue firmado por el presidente Javier Milei y el vocero presidencial Manuel Adorni.

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